Agenciamiento y Asesoría Integral de Aduanas

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Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior que el Director General del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, ha expedido la Resolución No. SENAE-DGN-2016-0145-RE, mediante la cual se reformó la Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0060-RE “REGULACIONES GENERALES SOBRE EL ABANDONO DE MERCANCÍAS”.

El objetivo de esta resolución es el de aclarar que el plazo establecido en el segundo inciso del artículo 6 de la Resolución SENAE-DGN-0060-RE, relacionado con el plazo de 48 horas que tiene el importador para el retiro de la mercancía, no aplica para carga a granel.

Para descargar la resolución SENAE-DGN-2016-0145-RE, dar clic aquí.

Particular que se comunica para los fines pertinentes.