Agenciamiento y Asesoría Integral de Aduanas

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El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunica al público en general, la expedición del Decreto Ejecutivo Nro. 1116 de fecha 15 de julio de 2016 (descargar aquí), en el cual se declara el estado de excepción en las provincias de Manabí y Esmeraldas, por los efectos adversos del desastre natural ocurrido el 16 de abril de 2016.

El referido Decreto Ejecutivo regirá durante sesenta días calendario a partir de su suscripción (15 de julio de 2016).

En virtud de lo expuesto, las entidades del sector público u organizaciones privadas de beneficencia o de socorro reconocidas como tales por las secretarías de estado competentes deberán colocar en la solicitud de exoneración por envíos de socorro el destino de las mercancías (descargar aquí), sin perjuicio de lo indicado en el artículo 8 del Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del Libro V del Copci, el cual señala:

" (...) En el caso de entidades del sector público, únicamente una Declaración Aduanera Simplificada en formato dispuesto para el efecto, suscrita por la máxima autoridad de la entidad solicitante en la que deberá detallar:

a) Las mercancías a importarse;
b) Cantidades estimadas;
c) Fecha y lugar de arribo; y,
d) Número de Decreto Ejecutivo de la declaratoria de emergencia.

En el caso de las organizaciones privadas de beneficencia o de socorro, adicional a lo dispuesto para las entidades del sector público, se deberá presentar el certificado correspondiente otorgado por la Secretaría de Estado competente para el efecto, que determine que el consignatario es una organización privada de beneficencia o con finalidad social, reconocida por el Estado y registrada legalmente en el Ministerio del ramo. (...)"

En concordancia con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución Nro. SENAE-DGN-2016-0342-RE, suscrita el 21 de abril de 2016, el cual establece:

"Entiéndase como Declaración Aduanera Simplificada a la solicitud que presentan las instituciones públicas u organizaciones privadas de beneficencia o de socorro (...)".

Particular que se comunica para los fines pertinentes.